6. Confirmar periódicamente y durante el ampliación de las actividades objeto del entendimiento en la empresa, el cumplimiento de la normatividad en seguridad y salud el trabajo por parte de los trabajadores cooperados, trabajadores en delegación, proveedores, contratistas y
Parágrafo 1°. La identificación de peligros y evaluación de los riesgos debe ser desarrollada por el empleador o contratante con la Décimo y compromiso de todos los niveles de la empresa. Debe ser documentada y actualizada como exiguo de guisa anual.
Que el art
6. Corroborar periódicamente y durante el desarrollo de las actividades objeto del convenio en la empresa, el cumplimiento de la normatividad en seguridad y salud el trabajo por parte de los trabajadores cooperados, trabajadores en delegación, proveedores, contratistas y sus trabaj
El empleador o empleadora deberá iniciar las acciones de control en el concurrencia de trabajo cuando la concentración ambiental de la sustancia en cuestión o el nivel de intensidad del fenómeno físico sea superior al cincuenta por ciento (50%) del Nivel